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Notificación a Personas que Recibieron Beneficios de Inmigración de parte de un Juez de Inmigración o la Junta de Apelaciones de Casos de Inmigración

Tipo de Alerta información

Aviso: USCIS Anuncia Actualizaciones a las Instrucciones Posteriores a las de las Órdenes para Personas que Recibieron Ayuda o Protección de Remoción de un Tribunal de Inmigración.

Estamos actualizando las instrucciones para persona a quienes se les otorgó alivio o protección de remoción por un juez de inmigración o por la Junta de Apelaciones de Casos de Inmigración (BIA). En la mayoría de los casos, crearemos y enviaremos por correo postal su Tarjeta de Residencia Permanente (también conocido como Green Card) o documentación de asilo después de que la decisión de un juez de inmigración o la BIA que le otorgó la residencia permanente legal o asilo sea final. En general, podemos proporcionar esta documentación sin acción adicional por su parte, tal como la necesidad de comparecer en persona a una oficina local. Por favor, espere un mínimo de 45 días después de que la orden del juez de inmigración o BIA sea final antes de comunicarse con el Centro de Contacto de USCIS, lo que deberá proporcionarnos tiempo suficiente para procesar y enviar por correo postal su documentación a la dirección que usted proporcionó al tribunal. Si se mudó desde la fecha en que  un juez de inmigración o la BIA, tomó una decisión final en su caso, consulte la información detallada en la página web Cómo Cambiar su Dirección ante USCIS.  

Para obtener información adicional, consulte Notificación a Personas que Recibieron Beneficios de Inmigración de parte de un Juez de Inmigración o la Junta de Apelaciones de Casos de Inmigración (BIA). 

Usted puede llamar al Centro de Contacto de USCIS si:

  • Si se le otorgó el estatus de residente permanente legal o asilo durante los procedimientos con un juez de inmigración o la Junta de Apelaciones de Casos de Inmigración (BIA);
  • Transcurrieron 45 días desde la fecha en que su decisión fue final administrativamente; y
  • Todavía no ha recibido su Tarjeta de Residente Permanente Legal (Tarjeta Verde/Green Card) o documentación de asilo (Formulario I-94, Registro de Entrada/Salida).  

El número del Centro de Contacto es 800-375-5283 (TTY 800-767-1833). También puede solicitar una programación de cita en myUSCIS – Programar una Cita.  

Estar listo para proporcionar una copia de la orden final que recibió del juez de inmigración o la BIA y documentos que demuestren su identidad (pasaporte, tarjeta de conducir, documento de autorización de empleo de USCIS, etc.). Por favor, consulte las Instrucciones para Posteriores a las Decisiones para Personas que Recibieron Ayuda o Protección de Remoción de un Tribunal de Inmigración. 

Preguntas de los Residentes Permanentes Legales y Asilados sobre los Documentos de Estatus: 

Si usted asistió a todas citas programadas por USCIS para documentación y cumplió con todas las instrucciones de USCIS, incluida la toma de datos biométricos, pero todavía no ha recibido su Tarjeta de Residente Permanente documentación de estatus, puede llamar al Centro de Contacto, 800-375-5283 (TTY 800-767-1833). También puede solicitar una programación de cita en myUSCIS – Programar una Cita.  

Cuando usted envía una consulta, debe proporcionar:  

  • Su nombre;
  • Número A;
  • Fecha de nacimiento;
  • Dirección postal actual;
  • Fecha de su orden del juez de inmigración o BIA;
  • Tipo específico de ayuda o protección que se le otorgó y que lo convirtió en residente permanente legal (por ejemplo, ajuste de estatus o suspensión de remoción);
  • Si su orden es final (si usted o su representante sabe);
  • Las fechas de sus citas del Centros de Asistencia en Solicitudes (ASC); y 
  • Cualquier otra información relevante sobre su solicitud de documentación.

Sin esta información, es posible que USCIS no pueda responder completamente a su pregunta. 

Última Revisión/Actualización:
04/08/2024
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