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Incremento en Tarifas de Visas H-1B y L-1 (Ley Pública 114-113)

Contenido de Archivo

Esta sección contiene información que ya no está vigente pero permanece en nuestro sitio web para propósitos de referencia.

La Ley Pública 114-113 requiere que algunos peticionarios paguen una tarifa adicional de $4,000 para ciertas peticiones H-1B y $4,500 adicional para ciertas peticiones L-1A y L-1B. La tarifa establecida por la Ley Pública 114-113, promulgada el 18 de diciembre de 2015, aplica a las peticiones presentadas en o después del 18 de diciembre de 2015. La vigencia de las tarifas permanecerá en efecto hasta el 30 de septiembre de 2027.

NOTA: La tarifa adicional requerida anteriormente por la Ley Pública 111-230, según enmendada, caducó el 30 de septiembre de 2015.

Encontrará en esta página:

  • Si usted es peticionario de visa H-1B
  • Si usted es peticionario de visa L-1
  • Cómo USCIS determina si usted debe pagar la tarifa de la Ley Pública 114-113

Si usted es Peticionario de H-1B

Cuándo Usted debe Pagar la Tarifa Adicional

Debe pagar la tarifa adicional de $4,000 si todas las siguientes situaciones aplican en su caso:

  • Usted emplea 50 empleados o más de en EE.UU.
  • Más de la mitad de sus empleados en Estados Unidos está bajo el estatus de no inmigrante H-1B, L-1A, o L-1B.
  • Usted presentó su petición H-1B con matasellos con fecha de 18 de diciembre de 2015 o posterior (o si lo envió por mensajería, el servicio de mensajería recogió el paquete H-1B el 18 de diciembre de 2015 o posteriormente; y
  • Usted presentó su petición H-1B para:
    • Obtener estatus inicial de no inmigrante H-1B para un extranjero, o
    • Obtener autorización para que un trabajador H-1B cambie de empleadores

Usted no tiene que pagar la tarifa adicional para:

  • Peticiones de extensiones de visas H-1B presentadas por el mismo peticionario para el mismo empleado;
  • Peticiones H-1B enmendadas
  • Peticiones basadas en otras categorías de visas basadas en el empleo (como H-1B1, H-2A, H-2B, etc.)

Cómo completar el Formulario I-129

Estamos en el proceso de revisar el Formulario I-129. Hasta que publiquemos una nueva edición de este formulario, las personas que solicitan la visa H-1B deben completar los Ítems número 1.d y 1.d.1 de la Sección 1 de Suplemento de Recopilación de Datos y Exención de Tarifas de Presentación para H-1B y H-1B1 (página 19 del Formulario I-129). Rechazaremos o denegaremos su solicitud si no completa esta parte del formulario o si no incluye la tarifa adicional cuando sea requerida.

Cómo pagar la Tarifa Adicional

Si tiene que pagar la tarifa adicional correspondiente a la Ley Pública 114-113, debe incluir la tarifa adicional de $4,000 en forma de cheque o giro separado, pagadero a nombre de “Department of Homeland Security.”

Por favor, tenga en cuenta que la tarifa de la Ley Pública 114-113 es adicional a:

  • La tarifa del Formulario I-129;
  • La tarifa de Prevención y Detección de Fraude;
  • La tarifa de la Ley de Competitividad Estadounidense y Mejoras a la Fuerza Laboral de 1998 (ACWIA) si corresponde; y
  • La tarifa del procesamiento prioritario, si corresponde.

Si usted es peticionario L-1

Cuándo debe pagar la tarifa adicional

Debe pagar la tarifa adicional de $4,500 si todas las siguientes situaciones aplican en su caso:

  • Usted emplea 50 o más empleados en EE.UU.
  • Más de la mitad de sus empleados en EE.UU. están en esa estatus de no inmigrante H-B, L-1A o L-1B (Los empleados L-2 no están incluidos en esta cantidad)
  • Usted presentó su petición L-1 con matasellos con fecha de 18 de diciembre de 2015 o posterior (o si lo envió por mensajería, el servicio de mensajería recogió el paquete de petición L-1 el 18 de diciembre de 2015 o posteriormente; y
  • Usted presentó su petición L-1 para:
    • Obtener estatus inicial de no inmigrante L-1 o L-1B para un extranjero, o
    • Obtener autorización para que un empleado L-1A o L-1B cambie de empleadores

Usted no tiene que pagar la tarifa adicional si:

  • Peticiones de extensiones de visas L-1A o L-1B presentadas por el mismo peticionario para el mismo empleado;
  • Peticiones L-1A o L-1B enmendadas
  • Peticiones basadas en otras categorías de visas basadas en el empleo (como H-1B1, H-2A, H-2B, etc.)

Cómo completar el Formulario I-129

Estamos en el proceso de revisar el Formulario I-129 y el I-129S. Hasta que publiquemos una nueva edición de este formulario, las personas que solicitan una visa L-1 deben completar los Ítem número 4.a y 4.b de Suplemento de la Clasificación L (página 22 del Formulario I-129). Rechazaremos o denegaremos su solicitud si no completa esta parte del formulario o si no incluye la tarifa adicional cuando sea requerida.

Cómo pagar la Tarifa Adicional

Si tiene que pagar la tarifa adicional correspondiente a la Ley Pública 114-113, debe incluir la tarifa adicional de $4,500 en forma de cheque o giro separado, pagadero a nombre de “Department of Homeland Security.”

Por favor, tenga en cuenta que la tarifa de la Ley Pública 114-113 es adicional de:

  • La tarifa del Formulario I-129;
  • La tarifa de Prevención y Detección de Fraude;
  • La tarifa de procesamiento prioritario, si aplica.

Cómo USCIS determina si usted debe pagar la tarifa correspondiente a la Ley Pública 114-113 para peticiones de H-1B y L-1

Contabilizaremos todos sus empleados a tiempo completo para determinar si debe pagar esta tarifa. Los empleados que están en cualquier afiliada no serán contabilizados.

Al calcular el porcentaje de sus empleados que están en estatus H-1B o L1, haremos el cálculo basado en la cantidad de empleados que usted tiene en Estados Unidos, independientemente si están en nómina en Estados Unidos o en el extranjero.

Última Revisión/Actualización:
02/20/2018
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